El Gravamen a los Movimientos Financieros es un
impuesto instantáneo y se causa en el momento en que se produzca la
disposición de los recursos objeto de la transacción financiera.
La tarifa del Gravamen a los Movimientos Financieros
será del cuatro por mil (4x1000)
Será deducible del impuesto sobre la renta el
25% del GMF efectivamente pagado por el contribuyente durante el
respectivo año gravable, independiente de que tenga o no relación
de causalidad con la actividad económica, siempre que se encuentre
debidamente certificado por el agente retenedor. |